viernes, abril 24, 2026
Inicio Enterate Reflexiones jurídicas sobre la práctica médica en México

Reflexiones jurídicas sobre la práctica médica en México

0
271

Por Narciso Jaimes | Médico y abogado Especialista en derecho médico y sanitario

Hablar del nacimiento debería remitirnos a uno de los actos más humanos de la medicina: acompañar la vida en su inicio. Sin embargo, en la práctica cotidiana, no siempre ocurre así. Existe una realidad incómoda, muchas veces normalizada, que atraviesan hospitales y consultorios: la violencia obstétrica.

No se trata de un concepto ideológico ni de una exageración discursiva. Es una categoría real que describe conductas que vulneran la dignidad de la mujer durante el embarazo, el parto o el puerperio.

En términos médico-jurídicos, la violencia obstétrica puede definirse como toda acción u omisión del personal de salud que, en ese contexto, cause daño físico o psicológico, limite la autonomía de la mujer o implique un trato deshumanizado, en contravención del estándar profesional de atención.

La violencia obstétrica no siempre se presenta de forma evidente. A menudo transcurre en silencios, en explicaciones que no llegan o en decisiones que se imponen sin diálogo. Aparece cuando la atención se desvía de los principios que orientan el ejercicio profesional, información suficiente, consentimiento informado y trato digno, que no solo constituyen referentes éticos, sino también exigencias normativas en la prestación de los servicios de salud. No deja necesariamente marcas visibles, pero sí recuerdos persistentes. Se insinúa en la prisa, en la distancia, en prácticas que, aunque habituales, pueden vivirse como ajenas por quien atraviesa uno de los momentos más vulnerables de su vida. También se hace presente en dinámicas institucionales donde el acompañamiento se limita o el primer contacto con el recién nacido se posterga sin una explicación clara.

Desde el marco jurídico mexicano, el problema no es menor. La dignidad humana no es un principio retórico, es un mandato constitucional que obliga a todas las autoridades a respetar y proteger los derechos humanos. En materia de salud, esto se traduce en la obligación de brindar atención con calidad, ética y fundamento científico. Cuando esto no ocurre, no solo hay una falla técnica: hay una posible responsabilidad legal.

Dependiendo del caso, estas conductas pueden generar consecuencias administrativas, civiles e incluso penales. El derecho penal reconoce la responsabilidad cuando existe un resultado lesivo derivado de la violación a un deber de cuidado. Es decir, cuando el daño no proviene de la enfermedad, sino de la actuación incorrecta o negligente del profesional.

Pero reducir el problema a sanciones sería insuficiente. La violencia obstétrica también es un fenómeno estructural. Surge en sistemas saturados, en jornadas extenuantes, en instituciones con carencias materiales y humanas, y en culturas médicas donde la jerarquía desplaza la empatía.

Aquí radica el punto central: la medicina no puede deshumanizarse sin perder su esencia. El acto médico no es solo técnico; es profundamente ético. Implica escuchar, informar, respetar decisiones y acompañar con dignidad. La paciente no es un expediente ni un protocolo: es una persona en un momento de máxima vulnerabilidad.

Erradicar la violencia obstétrica exige más que reformas legales. Requiere formación ética, condiciones laborales adecuadas y una reconfiguración del modelo de atención hacia uno centrado en la persona. Porque al final, la calidad de un sistema de salud no solo se mide por sus resultados clínicos, sino por la forma en que trata a quienes confían en él.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.