lunes, diciembre 23, 2024

Ley anticovid-19 entra en vigor

Entró en vigor la Ley AntiCovid-19 en el estado después de su publicación este viernes en la Sombra de Arteaga, en la que ahora se agregaron penas como servicios a la comunidad, y también sanciones con prisión como se había propuesta originalmente en el mes de abril.

Una de las justificaciones de esta reforma al Código Penal para el estado es regular a quienes “irresponsablemente” incumplan las medidas de seguridad sanitaria, y en específico el aislamiento obligatorio.

Los artículos que fueron reformados son el 127 BIS1, 143, 170, 198; así como los artículos 286, 287, 288, 290, 293, 299, 300, 303, 304, además del 217 BIS, 221. En el artículo 127 BIS-1 en el que determinan una sanción de tres a seis años de prisión, y de tres a seis meses de trabajo a favor de la comunidad, y medidas de confinamiento necesario a quien sabiendo que padece una enfermedad grave en periodo infectante ponga en peligro de contagio a otro o varias personas.

Mientras que en el artículo 143 determina uno a cinco años de prisión o trabajo a favor de la comunidad a quien omita prestar el auxilio necesario a quien se encuentre desamparado y en peligro, así como que se aumentará la pena si es en agravio de una persona mayor de 70 años.

Respecto a las sanciones por discriminar al personal de salud público o privado, está dispuesto en el artículo 170 se estiman sanciones hasta una mitad, y se perseguirla por querella. Igualmente, en el artículo 289 estiman entre uno o dos años de prisión y hasta 200 veces el valor diario de la UMA de multa y trabajo a favor de la comunidad hasta por cuatro meses a quien impida la ejecución de una obra o trabajos públicos dispuestos por la autoridad competente con los requisitos legales con su autorización.

Las reformas al Código Penal del Estado, aprobadas por la contingencia de Covid-19, no implican una sanción de expresiones de protesta, afirmó la bancada de Acción Nacional (PAN) del Congreso del Estado, quien informó que, ante la preocupación de que se dé otra interpretación a estas leyes, se ingresó una iniciativa de reforma.

Detallaron, que la modificación al artículo 289 del Código Penal para el Estado de Querétaro, y que sanciona a quien impida la ejecución de una obra o trabajos públicos, ya existía y el Congreso local solo aprobó modificar la sanción, y se incluyó, conmutar la pena de la privación de la libertad con servicios a la comunidad.

No obstante, recalcaron, que ante “la preocupación de que pudiera darse una interpretación distinta a la norma”, se ingresó una iniciativa que reformará dicho precepto del Código Penal para que se precisen estas circunstancias y supuestos. 

Más información
Relacionado

Queretana gana bronce en campeonato latinoamericano de motociclismo

Karol Bezie, piloto queretana de motociclismo, subió al podio...

Inician desfiles navideños del Festival Alegría Contigo 

Por tercer año consecutivo, Gobierno del Estado y el...

Rutas complementarias Qrobus se suman al pago con tarjeta bancaria

Las más de 500 unidades Qrobus que integran a...

S&P ratifica calificación soberana de México con perspectiva estable

Standard & Poor's Global Ratings (S&P) ratificó las calificaciones soberanas de México