En el Congreso Internacional realizado con motivo del 25° Aniversario del SSPMQ, la Dra. Mariela Ponce Villa, Magistrada Presidente del Poder Judicial del Estado de Querétaro, realizó una ponencia en la que explicó lo que implica llevar una investigación objetiva y exhaustiva que lleve a un juicio por causa probable.
Inició su discurso recordando que los actuales procesos de investigación y actuación de las instancias de justicia han pasado por grandes cambios desde la reforma al artículo 21 constitucional que se dio en el 2008, que busca que la persona a la que se está acusando y condenando penalmente sea verídicamente el responsable.
Uno de los cambios principales se da con los ‘actores principales’. Anteriormente la policía municipal no era un componente clave cuando respondían a llamadas de emergencia, pues su labor sólo respondía a ser observadores del caso, quizá dar un reporte con los detalles y era todo, su participación terminaba cuando llegaba la policía de investigación. Ahora forman parte importante del proceso, desde resguardar el área, tomar nota de la situación e incluso acompañar al personal de investigación.
Otra gran diferencia es el enfoque de protección, pues anteriormente se buscaba proteger los intereses de la entidad, del gobierno, de la ciudad, lo cual se ha movido para buscar los intereses de las personas y sus derechos. Esto implica que hoy en día se necesitan altos estándares de pruebas y metodologías rigurosas para evitar la privación de derechos tanto a víctimas como a imputados, de evitar que un inocente sea condenado o pase por un proceso que vaya en contra de sus derechos humanos fundamentales.
“Los derechos no son absolutos, el tema importante es que la restricción de los derechos se haga en el marco constitucional” – aclaró.
Esto significa que las autoridades policiales no pueden actuar bajo instinto, bajo el “me late que éste trae algo”, porque hay regulaciones que impiden una detención preventiva sin datos objetivos que la inciten, de ahí la importancia de tener fuentes de información viables y tener un sistema de actuación y registro que pueda verificarse paso a paso.
¿Pero qué es Causa Probable?
La Magistrada Mariela hace hincapié en la importancia de distinguir entre ‘probable’ y ‘posible’, poque una posibilidad implica no sólo una serie de opciones, sino en que estas mismas pudieron o no suceder, es incierto; en cambio, la probabilidad significa que existen datos con los cuales se puede comprobar que una persona cometió un hecho delictivo.
Eso quiere decir que un juez no puede vincular a proceso (abrir juicio contra alguien) si no existen pruebas que soporten a futuro una condena. Por eso la reforma de 2008 da gran peso a un proceso metodológico similar al método científico, en el que la hipótesis debe corroborarse con los datos que se presentan en el hecho, y en caso de que los datos nieguen la hipótesis, volver a comenzar hasta que pruebas, testimonios, investigaciones y resultados lleven a una misma e indiscutible conclusión.
“La causa probable exige entonces que, si bien, aquí estamos ya en la sala de audiencias y estamos hablando de causa probable, hay mucho trabajo atrás para que el Fiscal le pueda decir al Juez que hay causa probable para vincular a una persona o para que ordene una detención o para que lleve a una persona ante el procedimiento” – resumió.
La Magistrada terminó su participación destacando la importancia de tener un cuerpo policiaco profesional, con niveles de estudio que les ayuden a realizar estos procedimientos penales que tienen más exigencias de rigurosidad, investigación y metodología, así como el evitar emitir juicios y ser subjetivos.