domingo, abril 19, 2026
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El derecho médico: cuando la medicina se encuentra con la ley. Por: Narciso Jaimes

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El derecho médico: Reflexiones jurídicas sobre la práctica médica en México

Por Narciso Jaimes Gómez | Médico y abogado Especialista en derecho médico y sanitario

La medicina y el derecho parecen pertenecer a mundos distintos. Uno se mueve entre diagnósticos, tratamientos y decisiones clínicas; el otro entre normas, responsabilidades y principios jurídicos. Sin embargo, en la práctica cotidiana ambos se encuentran con más frecuencia de lo que se piensa. De ese encuentro surge una disciplina cada vez más relevante: el derecho médico.

Lejos de ser un mecanismo de castigo contra los profesionales de la salud, el derecho médico busca regular una relación compleja: la que existe entre médicos, pacientes e instituciones sanitarias. Su función es establecer reglas claras para proteger derechos, delimitar responsabilidades y dar certeza en un ámbito donde muchas decisiones se toman bajo presión y en contextos de incertidumbre.

En México, este campo encuentra su fundamento en diversas disposiciones legales, particularmente en la Ley General de Salud, que establece las bases para la organización, prestación y regulación de los servicios sanitarios. A ello se suman las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), que fijan criterios técnicos obligatorios para la práctica médica, la atención hospitalaria, la integración del expediente clínico y múltiples aspectos de la atención en salud. Estas normas no solo orientan la práctica médica, sino que también constituyen parámetros relevantes cuando se analiza jurídicamente un acto médico.

La atención médica rara vez ocurre en condiciones ideales. En servicios de urgencias, por ejemplo, los médicos deben tomar decisiones en cuestión de minutos, con información incompleta y frente a situaciones que pueden comprometer la vida del paciente. Por ello, el derecho reconoce un principio fundamental: la medicina es una actividad de medios y no de resultados. El deber del médico consiste en actuar con conocimiento, prudencia y diligencia conforme al estado de la ciencia, pero no puede garantizar la curación o la supervivencia en todos los casos.

Esta distinción es esencial para comprender la práctica clínica. No todo desenlace adverso implica negligencia médica. Las enfermedades evolucionan de manera distinta en cada persona, los tratamientos pueden generar respuestas imprevisibles y, en ocasiones, la propia gravedad del padecimiento limita las posibilidades terapéuticas. Por ello, el análisis jurídico del acto médico no se centra únicamente en el resultado, sino en si la actuación profesional se ajustó a los estándares científicos, éticos y normativos aplicables.

En los últimos años, el derecho médico ha ampliado su campo de acción. Hoy interviene en temas como el consentimiento informado, la confidencialidad de la información clínica, la seguridad del paciente, la responsabilidad profesional y la gestión institucional del riesgo legal. También participa en mecanismos de conciliación que buscan resolver conflictos entre pacientes y profesionales de la salud antes de que escalen a procesos judiciales.

Esta columna inaugura una serie dedicada a reflexionar sobre el papel del derecho médico en la sociedad contemporánea. En un contexto de mayor exigencia social y creciente judicialización de la medicina, comprender esta disciplina se vuelve indispensable. Al final, el derecho médico no busca enfrentar a médicos y pacientes, sino construir un marco de confianza, responsabilidad y respeto que fortalezca al sistema de salud.